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¿Cómo calcular el Impuesto de Sociedades en Andalucía?

Índice

En primer lugar definamos que es el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de un tributo personal y directo que grava la obtención de renta por parte de las sociedades y demás entidades jurídicas que residan en territorio español.

Se aplica por tanto también a sociedades civiles con objeto mercantil, asociaciones y fundaciones, ya que grava a las personas jurídicas, en contraposición al IRPF que grava las rentas obtenidas por personas físicas.

Entrando en materia, para calcular la base imponible del Impuesto sobre Sociedades debemos saber que ésta es el importe de la renta neta obtenida durante el periodo impositivo, deduciéndole las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.

Para obtener la cantidad a pagar por el impuesto sobre sociedades, habrá que calcular la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos practicados en el ejercicio. A continuación, habrá que aplicarle, en caso de ser necesario, correcciones o ajustes extracontables, debido a las diferencias existentes entre los criterios de cálculo del resultado contable y los de cálculo de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, definidos por Hacienda. De esta manera se obtendrá la renta del ejercicio o base imponible previa, que podrá compensarse con las bases imponibles negativas que se tengan pendientes de ejercicios anteriores, llegando así a obtener la base imponible del ejercicio que, multiplicada por el tipo impositivo, nos llevará a obtener la cuota íntegra. A esta cuota íntegra, le deduciremos las bonificaciones y deducciones a las que podamos optar en el período y obtendremos, con ello, la cuota líquida positiva. Por último, aplicando las retenciones y pagos a cuenta soportados por nuestra sociedad en el período, obtendremos la cuota diferencial, que será el pago del Impuesto sobre Sociedades que haremos a Hacienda.

En relación al tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades podemos diferenciar, desde el 25%  hasta tipo más reducidos que pueden llegar, en algunos casos, al 1%. No obstante, es importante un buen asesoramiento que le permita estar al día de cuantas novedades existan en la liquidación del Impuesto.

La presentación del Impuesto sobre Sociedades se realiza, como el resto de tributos, a través de distintos modelos.  El Modelo 202 es el del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Deberás presentar este modelo si tuviste un resultado positivo en tu última declaración del Modelo 200. Se presenta en los meses de abril, octubre y diciembre. Estos pagos suponen un anticipo o pago a cuenta del importe a pagar en la próxima declaración del Modelo 200, que se debe cumplimentar entre los días 1 y 25 de julio de cada año.

RBJ Asesores, cuenta con un departamento fiscal y contable que puede guiarle en la presentación de este impuesto, puede contactar con nosotros en rbjasesores@rbjasesores.com

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